Indemnización por extinción del contrato. ¿Cuándo está sujeta a IRPF?
No está exenta de IRPF, lo que conlleva la obligación de la empresa de practicar retención, la indemnización abonada a los trabajadores como consecuencia del pacto alcanzado con la empresa para extinguir el contrato. La existencia del pacto se puede deducir a partir de indicios tales como la edad del trabajador, el importe de la indemnización o las causas alegadas en la carta de despido. Pacto de extinción del contrato Mediante acuerdo de la AEAT, se practica liquidación en concepto de retenciones