No es obligatorio consignar el número de matrícula en la factura para que el IVA sea deducible
Lejos quedan ya aquellas consultas de Tributos en donde se hacía especial hincapié en que la compra de combustible para los vehículos de empresa debía ir directamente relacionada con un vehículo en particular y debía consignarse la matrícula de este como mecanismo justificativo de la afectación de dicha compra a la actividad y, por tanto, de la deducción de la cuota soportada de IVA. Ya desde el año 2012, a raíz de la jurisprudencia emanada de la sentencia del Tribunal