Inicio > Blog > LA CESION DE VEHICULOS A EMPLEADOS Y SU TRATAMIENTO EN EL IVA

LA CESION DE VEHICULOS A EMPLEADOS Y SU TRATAMIENTO EN EL IVA

26/02/24

El Tribunal Supremo ha fijado en su Sentencia 131/2024, de fecha 29 de enero, que no está sujeta al IVA la cesión del uso de un vehículo afectado a la actividad empresarial a un empleado para su uso particular a título gratuito cuando dicho empleado no realiza ningún pago ni deja de percibir una parte de su retribución como contraprestación ni está vinculado a la renuncia de otras ventajas. Y lo que es más importante, al tratarse de una cesión no sujeta no resulta exigible que la empresa repercuta el IVA a sus trabajadores por esta cesión aunque por tales vehículos se hubiera deducido el IVA soportado (en un 50% por aplicación de la presunción establecida en el articulo 95.3.2ª de la LIVA).

Sin embargo, se debe indicar que la cesión de uso del vehículo al empleado para fines privados sí será objeto de imputación en el IRPF del empleado como renta en especie con independencia de que al considerarse una cesión gratuita no deba repercutirse IVA.

Suscríbete al blog

Suscríbete a nuestro blog para estar al día de las noticias del sector

CJ Asesores

Si tiene alguna consulta acerca de la información de este artículo, no dude en ponerse en contacto con nosotros. Estaremos encantados de atenderle.

Noticias relacionadas

El derecho de reingreso tras una excedencia sólo es potencial

La reincorporación a un puesto de trabajo después de una excedencia no tiene por qué ser inmediata después de que concluya el periodo pactado y así lo ha dejado patente una resolución del Tribunal Superior de Justicia de Madrid. Se refiere al artículo 46.5 del ET que indica que “el trabajador en exc…

Salario Mínimo Interprofesional 2025

Con fecha 11 de febrero de 2025 el Consejo de Ministros aprobó el RD 87/2025 por el que se fija el Salario Mínimo Interprofesional para el año 2025. Para este año 2025 la subida contemplada es de un 4,41% respecto a 2024, lo que atiende de manera efectiva, al derecho a una remuneración equitativa…

LAS DIETAS DE LOS ADMINISTRADORES DE SOCIEDADES EN EL IRPF

El Tribunal Económico- Administrativo Central (TEAC) dice que los administradores de empresas no pueden aplicar el régimen de dietas del IRPF por su cargo, solo si tienen una relación laboral con la empresa. Hacienda revisará cada caso. Antes, un fallo en Andalucía permitía esto, pero fue rechazado …
Artículo añadido al carrito.
0 artículos - 0,00 

CJ Asesores - Asesoría integral

Nuestro equipo multidisciplinar de profesionales cualificados está a su servicio para asesorarle en todo lo que necesite.

C/ Pando 18 Bajo, (39300) Torrelavega

info@cjasesores.com