Inicio > Blog > Sobre la responsabilidad de los administradores en las deudas tributarias de la sociedad.

Sobre la responsabilidad de los administradores en las deudas tributarias de la sociedad.

17/04/23

El Tribunal Supremo en su sentencia nº 281/2023 (Rec. nº 4926/2021), de 7 de marzo, ha determinado que los administradores son responsables subsidiarios de las contingencias tributarias hasta que se haga público su cese en el Registro Mercantil. En este sentido, el Supremo ha explicado que el cese del administrador no se produce por la simple caducidad de su mandato o por la convocatoria de una junta general para nombrar un nuevo órgano de administración, sino que debe ser sustituido y su cese debe ser publicado en el Registro Mercantil para que sea efectivo. El fallo destaca que la conducta reprochable se da cuando el administrador conoce la existencia de deudas pendientes con la Hacienda y no toma las medidas necesarias para asegurar los derechos de los acreedores, incluyendo a la Hacienda. En resumen, el fallo del Supremo critica las conductas que buscan evitar el pago de deudas una vez que se ha cesado la actividad empresarial.

Suscríbete al blog

Suscríbete a nuestro blog para estar al día de las noticias del sector

CJ Asesores

Si tiene alguna consulta acerca de la información de este artículo, no dude en ponerse en contacto con nosotros. Estaremos encantados de atenderle.

Noticias relacionadas

Reducción rendimiento del capital inmobiliario por arrendamiento de vivienda a estudiantes

La Administración suele poner muchos problemas a la hora de aplicarse la reducción en los rendimientos de capital inmobiliario obtenidos como consecuencia del alquiler de una vivienda a estudiantes con carácter temporal (normalmente, lo que pueda durar el curso académico). La Administración suele…

Validez de la notificación efectuada por medios electrónicos

La Audiencia Nacional en sentencia de fecha 9 de febrero de 2024 resuelve acerca de la validez de las notificaciones practicadas por medios electrónicos. Así, como es sabido, determinadas personas (físicas y jurídicas) están obligadas a recibir las notificaciones de hacienda a través de este medi…

Un accidente en el trayecto desde un centro comercial, donde el trabajador comió al mediodía, hasta su trabajo, es considerado ‘in itinere’.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria en su sentencia nº 40/2024, de 26 de enero de 2024, ha determinado que un accidente producido en el trayecto desde el centro comercial, donde comió el trabajador al mediodía, hasta su centro de trabajo se puede considerar in itinere…
Artículo añadido al carrito.
0 artículos - 0,00 

CJ Asesores - Asesoría integral

Nuestro equipo multidisciplinar de profesionales cualificados está a su servicio para asesorarle en todo lo que necesite.

C/ Pando 18 Bajo, (39300) Torrelavega

info@cjasesores.com