Actualización a las de las multas por infracciones laborales
En las sanciones muy graves, en su grado máximo, la cuantía más elevada, a partir de ahora, tendrá una horquilla comprendida entre los 120.006 y los 225.018 euros. Hasta ahora, este tipo de sanción tenía una horquilla de entre 100.006 y 187.515 euros. Además, la empresa que no ingrese las cotizaciones sociales de los trabajadores serán sancionadas con el pago de la deuda más un recargo, en su grado máximo, de entre 130 y 150%. Todo ello también incluirá intereses y costas del procedimiento judicial, en su caso. Además, las sanciones en materia de Seguridad Social cuando se deriven de actas de infracción y liquidación que se refieran a los mismos hechos y se practiquen simultáneamente, se reducirán automáticamente al 50 por ciento de su cuantía si el sujeto infractor manifiesta su conformidad con la liquidación practicada, ingresando su importe en el plazo procedente. Esta reducción automática solo podrá aplicarse en el supuesto de que la cuantía de la liquidación supere la de la sanción propuesta inicialmente.