Las rentas de arrendar parte de un inmueble que sea la residencia habitual del contribuyente son rendimientos del capital inmobiliario, o sea, se declaran como un alquiler ordinario destinado a vivienda. Del dinero percibido en tal concepto se puede restar los gastos que origine la vivienda en proporción a la parte arrendada, y el rendimiento neto así obtenido se declara reducido en un 60%.
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Campaña renta 2020: ¿Cómo se declara lo percibido por el alquiler de una habitación de la vivienda habitual?
7/06/21
Etiquetas: Renta 2020
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