Inicio > Blog > Campaña renta 2020: ¿Cuáles son los plazos de la campaña y las vías de declaración?

Campaña renta 2020: ¿Cuáles son los plazos de la campaña y las vías de declaración?

7/04/21

Hay varios plazos en atención a la fórmula elegida para confeccionar la declaración. Así:

  • Desde el día 7 de abril cuando se realiza la declaración por vía electrónica, mediante número de referencia, Cl@ve PIN, certificado digital o DNIe.
  • El plazo se iniciará el 6 de mayo cuando realicemos la declaración mediante la asistencia telefónica de Hacienda, a través del denominado Plan le Llamamos, con cita previa que se podrá solicitar desde el día 4 de mayo.
  • Por el contrario el plazo se iniciará el día 2 de junio cuando realicemos la declaración a través de la atención presencial en Hacienda, para lo cual deberemos solicitar cita previa a partir del 27 de mayo.
  • El plazo de presentación finalizará, en todos los casos, bien el 25 de junio si el resultado es a ingresar eligiendo la modalidad de pago por domiciliación bancaria, o bien el 30 de junio cuando el resultado sea a devolver, o a ingresar y la modalidad de pago elegida es distinta a la domiciliación bancaria.

Y desde hoy mismo puede contactar con nuestro Departamento Fiscal donde será asesorado por nuestros expertos tributarios, facilitándole la confección de su Declaración de la Renta en la modalidad más favorable para sus intereses.

Etiquetas:

Suscríbete al blog

Suscríbete a nuestro blog para estar al día de las noticias del sector

CJ Asesores

Si tiene alguna consulta acerca de la información de este artículo, no dude en ponerse en contacto con nosotros. Estaremos encantados de atenderle.

Noticias relacionadas

Campaña renta 2020: ¿Debe el titular de la nuda propiedad de un piso declarar una renta imputada por él?

No. Es el titular del derecho de disfrute quien debe hacerlo salvo que sea su vivienda habitual o lo tenga alquilado, en este último caso lo declarará como rendimientos del capital inmobiliario.…

Campaña renta 2020: En caso de separación matrimonial, si el juez le concede a uno de los cónyuges e hijos el uso de la vivienda habitual ¿tiene el otro cónyuge que declarar como imputación de rentas inmobiliarias por ello?

No. La imputación de rentas grava la posibilidad de disponer, usar y disfrutar los inmuebles. El propietario de una vivienda que no dispone del derecho de uso y disfrute, no tiene que imputar renta alguna. El excónyuge que la usa junto con los hijos tampoco, por ser su vivienda habitual.  …

Campaña renta 2020: ¿Debe computarse el tiempo que ha estado vigente el estado de alarma para la imputación de rentas inmobiliarias?

La imputación de rentas inmobiliarias no tiene en cuenta si la segunda vivienda se usa o no sino su disponibilidad a favor del titular. La Ley no atiende a circunstancias que puedan afectar a su uso, como una enfermedad, un evento relacionado con el trabajo, etc. Limita los casos en los que no proce…
Artículo añadido al carrito.
0 artículos - 0,00 

CJ Asesores - Asesoría integral

Nuestro equipo multidisciplinar de profesionales cualificados está a su servicio para asesorarle en todo lo que necesite.

C/ Pando 18 Bajo, (39300) Torrelavega

info@cjasesores.com