La Ley de Presupuestos (que se publicó en el mes de julio) ha modificiado las bases de cotización en el Régimen General en el Regimen de Autonomos. En concreto:
- Régimen General. Desde el mes de agosto, la base máxima de cotización en el Régimen General ha pasado de 3.751,20 euros a 3.803,70 euros mensuales. La base mínima sigue siendo de 858,60 euros mensuales. Por tanto, si tiene algún trabajador cuyo salario supera los 3.803,70 euros mensuales (con prorrata de pagas extras), la subida de la base máxima le comportará un aumento de costes, que notará a finales de septiembre (al ingresar las cotizaciones de agosto).
- RETA. Si usted es autónomo societario (cotiza en el RETA porque tiene el control de su sociedad y trabaja en ella), su base mínima no cambia (sigue siendo 1.199,10 euros mensuales). Pero si aumenta la máxima, con efectos desde agosto, pasado de 3.751,20 euros a 3.803,70 euros mensuales.
La base máxima de cotización aumenta a 3.803,70 euros. Por tanto, si tiene trabajadores con salarios superiores a esa cifra, aumenta su coste.