El TSJ Madrid, en sentencia de 8 de junio de 2017, declara la validez de la dimisión del trabajador presentada a través de la aplicación whatsapp, cuando los mensajes intercambiados a través son lo suficientemente claros e ilustrativos de no querer continuar con su actividad laboral.
Noticias
Las últimas novedades en asesoría fiscal, asesoría laboral, asesoría contable y protección de datos
¿Es válida la dimisión del trabajador presentada por whatsapp?
29/09/17
Etiquetas: Dimisión
Suscríbete al blog
Suscríbete a nuestro blog para estar al día de las noticias del sector
CJ Asesores
Si tiene alguna consulta acerca de la información de este artículo, no dude en ponerse en contacto con nosotros. Estaremos encantados de atenderle.
Noticias relacionadas
Categorías
- Asesoría Contable (4)
- Asesoría Fiscal (179)
- Asesoría Jurídica (6)
- Asesoría Laboral (118)
- Asesoría Mercantil (8)
- Creación de empresas (2)
- Partner Holded (63)
- Torrelavega (97)
Suscríbete al boletín
Etiquetas
Acreditación del gasto
Arras penitenciales
Arrendamientos
Autonomos
Bajas laborales
Coeficientes de amortización
Conciliación
Contratación temporal
Correo electronico de los empleados
Cotizaciones
Cotización
Deducciones
Derecho a la intimidad de los trabajadores
Despidos
Digitalización
ERTE
Facturas
Falsos autónomos
Fogasa
Fraude
Fraude laboral
Igualdad laboral y salarial
impuesto de sociedades
Impuestos
Inspección de trabajo
IRPF
IVA
Junta de socios
Multas por infracciones laborales
Notificaciones electrónicas
Notificación de hacienda
Nóminas
plusvalía
Prescripción de la responsabilidad
Prevencion de riesgos laborales
Protección de datos
Reforma laboral
Registro de horas
Registro mercantil
Renta 2020
Renta 2021
Sanción administrativa
subvenciones
Tributar al tipo reducido
Vacaciones