Desde 2015, los gastos por relaciones públicas sólo son deducibles hasta el límite del 1% de la cifra de negocio de la empresa. Este límite incluye invitaciones, comidas y regalos a clientes y proveedores, pero no afecta a otros gastos de promoción, que seguirán siendo deducibles como hasta ahora:
- Se podrán seguir entregando cestas de Navidad a los empleados, de acuerdo con los usos y costumbres de su empresa.
- Seguirán siendo deducibles, sin límite, los gastos derivados de la entrega gratuita de muestras, o las entregas relacionadas directamente con los ingresos (por ejemplo, los obsequios ofrecidos para conseguir una visita demostrativa de los productos).
Ante este cambio, es conveniente que las empresas ajusten sus gastos por estos conceptos y no sobrepasen el límite indicado.
Analizaremos los gastos por atenciones al cliente de sus empresa y le propondremos medidas alternativas para no pagar impuestos de más.