Inicio > Blog > La externalización de servicios no impide alegar causas económicas

La externalización de servicios no impide alegar causas económicas

6/03/15

La externalización de servicios dirigida a aumentar los beneficios de la empresa se enmarca en el legítimo ejercicio de la libertad de empresa. Esta estrategia empresarial no impide que se pueda alegar una disminución persistente del nivel de ingresos para adoptar una medida de despido objetivo por motivos económicos.​

Pronunciamientos judiciales relacionados con este tema

  • La externalización de servicios no impide que se puedan alegar la disminución persistente del nivel de ingresos (TS 29-12-14, EDJ 276471)
  • No es necesario esperar a experimentar pérdidas; se puede invocar aunque los resultados sean positivos (AN 11-3-13, EDJ 25496)
  • En los ingresos computables no se contabilizan las ganancias atípicas de carácter excepcional derivadas de la realización de actividades no corrientes. El concepto de ventas no se circunscribe a las ordinarias (TSJ Madrid 19-12-13, EDJ 280385)
  • Si la empresa forma parte de un grupo de empresas, se debe tomar en consideración la situación económica de todo el grupo (TSJ Cataluña 23-5-12, EDJ 100578)
Etiquetas:

Suscríbete al blog

Suscríbete a nuestro blog para estar al día de las noticias del sector

CJ Asesores

Si tiene alguna consulta acerca de la información de este artículo, no dude en ponerse en contacto con nosotros. Estaremos encantados de atenderle.

Noticias relacionadas

El despido de una empleada del hogar embarazada es nulo aunque la empleadora desconozca su embarazo

La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha dictado una sentencia en la que establece que el despido de una empleada del hogar embarazada es nulo, aunque la empleadora desconozca su situación, al entender que en este supuesto se debe aplicar la protección objetiva del embarazo, recogida en el artíc…

Despido disciplinario. Prueba con cámaras de videovigilancia. Período de descanso.

El Tribunal Supremo determina admisible la prueba de videovigilancia aportada por la empresa para justificar el despido disciplinario del trabajador. El Alto tribunal toma en consideración que todos los trabajadores conocían la existencia de las cámaras en el autobús. En el momento que se produjo la…

El TSJ de Cataluña condena a una empresa a readmitir a una trabajadora a la que despidió por estar enferma

El tribunal de la Sala Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJCat) ha estimado el recurso presentado por una trabajadora y obliga a la empresa a readmitirla e indemnizarla con 18.077,05 euros después de que quedara acreditado un despido por estar enferma. Examinado el caso, la s…
Artículo añadido al carrito.
0 artículos - 0,00 

CJ Asesores - Asesoría integral

Nuestro equipo multidisciplinar de profesionales cualificados está a su servicio para asesorarle en todo lo que necesite.

C/ Pando 18 Bajo, (39300) Torrelavega

info@cjasesores.com