Inicio > Blog > La exención a la Seguridad Social durará 18 meses

La exención a la Seguridad Social durará 18 meses

27/02/15

La nueva rebaja de cuotas a la Seguridad Social, que deja exentos de tributación los primeros 500 euros de salario para los contratos indefinidos que supongan un aumento neto de la plantilla, entrará en vigor “con carácter inmediato” y tendrá una duración de, al menos, 18 meses desde su puesta en funcionamiento. Para que la empresa disfrute de esta medida, anunciada el martes por el presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, en el Debate del Estado de la Nación, deberá mantenerse el nuevo puesto de trabajo al menos durante 3 años. En caso contrario, tendrá que ingresar a la Seguridad Social el dinero ahorrado.

La bonificación se concentra sobre los trabajadores con rentas más bajas. En el caso de aquellos empleados que cobran el Salario Mínimo, por ejemplo, habrá “una rebaja potentísima en el coste laboral por cotizaciones sociales”, ya que la reducción será superior al 70%. En cambio, en el caso de un mileurista la bonificación se reducirá al 50% de las cotizaciones sociales, y los empleadores de quienes cobran salarios situados en la base de cotización máxima apenas se beneficiarán de un descuento del 14%.

Con la tarifa plana

Además, esta medida se solapará durante el mes de marzo con la actual tarifa plana de reducción de 100 euros en las cotizaciones, cuya vigencia concluye el 31 de marzo. Por otra parte, tampoco supondrá una rebaja de sus derechos como jubilados, porque el sistema contabilizará como ingresada toda la cotización correspondiente a la escala salarial correspondiente al trabajador, y no los ingresos efectivos, pero tampoco tendrá coste alguno para la Seguridad Social.

La medida entrará en vigor en marzo y deja exentos de cotización 500 euros de cada nómina.

Fuente: Diario Económico Expansión.
Etiquetas:

Suscríbete al blog

Suscríbete a nuestro blog para estar al día de las noticias del sector

CJ Asesores

Si tiene alguna consulta acerca de la información de este artículo, no dude en ponerse en contacto con nosotros. Estaremos encantados de atenderle.

Noticias relacionadas

Las cotizaciones por convenio especial con la Seguridad Social son gastos fiscalmente deducibles de los rendimientos del trabajo

Las cotizaciones por convenio especial con la Seguridad Social son gastos fiscalmente deducibles de los rendimientos del trabajo, pudiendo resultar el rendimiento neto negativo si el contribuyente no obtiene por este concepto ingresos íntegros que superen las cuotas abonadas. Resolución Vinculante …

Si hay pluriactividad, solicite devolución de cuotas a la Seguridad Social

Si usted cotiza a la Seguridad Social de forma simultánea en el régimen general y en el de autónomos, es posible que tenga derecho a que le devuelvan una parte de las cotizaciones por contigencias comunes. En concreto, podrá solicitar dicha devolución si durante el año 2014 ingresó por contingenc…
Artículo añadido al carrito.
0 artículos - 0,00 

CJ Asesores - Asesoría integral

Nuestro equipo multidisciplinar de profesionales cualificados está a su servicio para asesorarle en todo lo que necesite.

C/ Pando 18 Bajo, (39300) Torrelavega

info@cjasesores.com